La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) nuevos lineamientos que establecen las reglas que deberán cumplir promotores y boleteras al difundir información y publicidad para la promoción y venta de boletos de conciertos masivos.
Las disposiciones, sustentadas en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Reglamento de la Profeco, obligan a informar con al menos 24 horas de anticipación a la primera venta la descripción detallada del evento, incluyendo fecha, lugar, artistas, horarios, términos y condiciones.
También deberán publicar el mapa del recinto con la identificación clara de secciones y número de asientos disponibles, así como el precio total por sección, el cual deberá incluir impuestos, comisiones y cualquier cargo adicional, sin que pueda modificarse al momento de la compra.
En caso de cancelación, el promotor o la boletera deberán informar los mecanismos de devolución. El reembolso será por el monto total pagado y, cuando proceda y sea exigido, la bonificación no podrá ser menor al 20%, conforme a la ley.
Los lineamientos establecen que cualquier modificación a las condiciones del evento deberá informarse al menos 24 horas antes de su inicio; los servicios adicionales deberán ser opcionales; y los paquetes VIP deberán detallar claramente lo que incluyen antes de la compra.
Asimismo, cuando se utilicen filas virtuales o mecanismos automatizados, las boleteras deberán advertir que el acceso a estos sistemas no garantiza la disponibilidad de boletos.
La Profeco podrá requerir información y documentación para verificar el cumplimiento de estas disposiciones, y las infracciones serán sancionadas conforme a lo establecido en la ley.
Los lineamientos pueden consultarse en el link: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780490&fecha=19/02/2026#gsc.tab=0

