Profepa clausura seis desarrollos inmobiliarios en Cabo Pulmo por falta de autorización ambiental

Del 16 al 25 de febrero, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizó un operativo de inspección en materia de impacto ambiental en el Área Natural Protegida Parque Nacional Cabo Pulmo, que derivó en la clausura temporal total de seis desarrollos inmobiliarios por realizar obras sin autorización federal.

Con apoyo de la Guardia Nacional, la dependencia atendió denuncias ciudadanas por presuntas afectaciones en la zona costera del municipio de Los Cabos, dentro y en las inmediaciones del polígono del área natural protegida. Durante los recorridos se identificaron ocho sitios y se practicaron igual número de inspecciones.

Como resultado, se impusieron clausuras temporales totales a los desarrollos denominados “The Last Place” (1.19 hectáreas), “La Ribera” (1.12 hectáreas), “Costa Coral” (24.9 hectáreas), un proyecto sin nombre (15.7 hectáreas), “Club de Playa Las Barracas” (14.2 hectáreas) y otro predio cercado (0.23 hectáreas). En todos los casos se constató la realización de obras, delimitación perimetral con cercas o bardas y cambio de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de matorral sarcocaule, en ecosistema costero, sin contar con autorización en materia de impacto ambiental.

En los dos sitios restantes no se detectaron obras o actividades de competencia federal, por lo que únicamente se levantaron actas circunstanciadas.

El Parque Nacional Cabo Pulmo, decretado el 6 de junio de 1995, abarca 7 mil 111 hectáreas marinas y terrestres. Es el único sistema arrecifal del Mar de Cortés y cuenta con reconocimiento como Patrimonio Mundial por la UNESCO. Debido a su valor ecológico, cualquier obra que pueda generar desequilibrios ambientales debe someterse previamente al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental federal, conforme a la legislación vigente.

La titular de la Profepa, Mariana Boy Tamborrell, señaló que se mantendrá la vigilancia para garantizar el cumplimiento de la normatividad ambiental y la protección del ecosistema.

Las personas inspeccionadas podrán comparecer en un plazo de cinco días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga. Posteriormente, la autoridad determinará las acciones administrativas correspondientes y dará seguimiento para asegurar la protección y, en su caso, la restitución de los sitios afectados.